domingo, 27 de abril de 2014

1º de Mayo


Por primera vez el Tribunal Supremo cuestiona la constitucionalidad del recorte de la paga extra

Auto_TS

CCOO demanda al Gobierno un proceso de negociación urgente que permita recuperar el empleo y las condiciones laborales recortadas con la excusa de la crisis 

                                                                                                               Madrid, 25 de abril de 2014

El Pleno de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, con el apoyo favorable del Ministerio Fiscal, ha resuelto por unanimidad plantear al Tribunal Constitucional cuestión de constitucionalidad por posible infracción de la aplicación retroactiva de la supresión de la paga extraordinaria de diciembre de 2012 al personal funcionario de las administraciones públicas. El pleno, en su auto de 2 de abril de 2014, notificado ayer a las partes, plantea la cuestión en relación con el recurso interpuesto por un funcionario del Tribunal Constitucional.

El sentido del auto cuestiona la aplicación retroactiva de la supresión de la paga efectuada en el sector público, por posible contravención tanto de la irretroactividad de derechos individuales que garantiza el artículo 9.3 de la Constitución, como por posible vulneración del principio de seguridad jurídica del mismo artículo 9.3, mediante modificación extraordinaria de derechos y normas consolidadas.

El auto contiene, adicionalmente, la concreción del sistema de devengo del derecho correspondiente, dejando claro que, con carácter general, éste se extiende desde el 1 de junio de 2012 hasta el 15 de julio del mismo año, incluyendo cuarenta y cuatro días de retribución.

Este auto se une a otros muchos pronunciamientos que se vienen produciendo en el conjunto del Estado, tanto en jurisdicción social como contenciosa, que reconocen el derecho al cobro de la citada parte proporcional. Este derecho ya lo han reconocido varias administraciones autonómicas y locales que han acordado con las organizaciones sindicales su abono.

Comisiones Obreras, sindicato mayoritario en la Función Pública, demanda al Gobierno un acuerdo urgente con la representación sindical en el sector público que permita hacer efectivo el derecho de las empleadas y empleados públicos que se viene reconociendo ampliamente, al tiempo que posibilita la suspensión de las enormes cantidades de acciones judiciales que se siguen tramitando con idéntica pretensión en todo el Estado. Igualmente, CCOO exige que se abra un proceso de negociación en el ámbito de la Mesa General de las Administraciones Públicas que permita recuperar el empleo y las condiciones laborales y salariales recortadas por los sucesivos gobiernos desde el inicio de la crisis.



lunes, 21 de abril de 2014

Comunicado Convenio de Ingenierías y novedades detracción paga extra


Desde la Sección Sindical estatal de Comfia-CCOO de Tragsatec os enviamos un nuevo comunicado sobre la negociación del Convenio de Ingenierías Comunicado. La patronal sigue empecinada en usar la ultractividad como forma de presión para negociar un convenio a la baja, sin tener en cuenta las consecuencias negativas de una posible pérdida de un marco regulativo común.

Aprovechamos este envío para informaros de novedades sobre la situación de la reclamación de la paga extra detraída en 2012.
Como ya hemos informado, el 28 de febrero de 2013 esta Sección Sindical Estatal formuló mediación previa a demanda de conflicto colectivo por la detracción de la paga extra de diciembre de 2012. El acto de mediación finalizó sin acuerdo en el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA) el 14 de marzo de 2013 por lo que interpusimos la correspondiente demanda de conflicto colectivo ante la Audiencia Nacional.

El juicio se debió haber celebrado en el mes de mayo de 2013, pero como era previsible, la Audiencia Nacional decidió esperar al pronunciamiento del Tribunal Constitucional sobre la legalidad de dicha supresión.

Ayer, el Tribunal Constitucional admitió a trámite una nueva cuestión de inconstitucionalidad por la supresión de la paga extra de diciembre de 2012 que se suma a las ya admitidas el 29 de mayo y 16 de septiembre de 2013, entre otras.

Seguiremos informando.

lunes, 14 de abril de 2014

Tragsa readmite a despedidos mientras anuncia recurso de casación

El pasado 10 de abril la Dirección de la empresa comunicó a los Representantes de los Trabajadores de Tragsa la presentación de anuncio de recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia de la Audiencia Nacional que anulaba el ERE planteado en la empresa matriz, la aplicación provisional de la citada sentencia readmitiendo a despedidas y despedidos y, finalmente, su intención de reabrir diálogo con la parte social anunciando la convocatoria de una reunión para finales del presente mes de abril para “analizar de manera global y conjunta la difícil situación económica y laboral de la empresa, así como las medidas a adoptar para garantizar su futuro y sostenibilidad”. Sigue leyendo en pdf adjunto

Comunicado CC.OO Anuncio reincorporación

domingo, 13 de abril de 2014

El difícil, pero no imposible, intento de analizar una sentencia extraordinariamente compleja. Notas a la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de 28 de marzo (“caso TRAGSA”).

Excelente, difícil pero No imposible análisis de la sentencia de la AN del Procedimiento de despido colectivo de Tragsa efectuado por Eduardo Rojo (Catedrático de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad Autónoma de Barcelona)
Queremos desde estas páginas darle las gracias a Eduardo Rojo por su trabajo y por el reconocimiento al trabajo de información de la Sección Sindical de Comfia-CCOO, a través este blog, que no deja de ser el reconocimiento al trabajo de la Sección Estatal de Comfia-CCOO, integrada por todos y todas las delegadas y por todas y todos los afiliados a CC.OO en Tragsatec.

El-difcil-pero-no-imposible-intento-de-analizar-una-sentencia-extraordinariamente-compleja

viernes, 11 de abril de 2014

Reincorporación Trabajador@s Tragsa

Dirección Tragsa anuncia reincorporación de trabajadore@s.
SECCIONES SINDICALES ESTATALES TRAGSA DE UGT, CCOO, CSI-F, CGT
COMITÉ INTERCENTROS DE TRAGSA
Asunto: despido colectivo Tragsa / convocatoria reunión abril 2014
________________________________________________________________________________

En relación al procedimiento de despido colectivo de Tragsa, la empresa ha procedido en plazo y forma a anunciar la presentación de recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia de la Audiencia Nacional que declaraba nula la decisión de Tragsa de proceder a la aplicación del Procedimiento de Despido Colectivo, declarando la responsabilidad solidaria de Tragsatec respecto a ese procedimiento.
En relación a la situación de los trabajadores despedidos de Tragsa, os informamos que independientemente de la presentación del recurso de casación ante la Audiencia Nacional, en aplicación provisional de lo establecido en la sentencia, la empresa va a proceder a comunicarles la reincorporación a sus puestos de trabajo.
Os informamos que a finales del presente mes de abril, una vez cerrados los resultados del primer trimestre de 2014, la empresa convocará a las secciones sindicales estatales y al comité intercentros de Tragsa para analizar de manera global y conjunta la difícil situación económica y laboral de las empresa, así como las medidas a adoptar para garantizar su futuro y sostenibilidad.
Un cordial saludo,

Jorge Hernandez Marijuan
Director Recursos Humanos
Recursos Humanos / D.Recursos Humanos
Grupo Tragsa - SEPI

miércoles, 9 de abril de 2014

Tragsa recurre ante el Tribunal Supremo la nulidad del ERE







DESMANTELAMIENTO DE LO PÚBLICO
Begoña p. ramírez Vía InfoLibre



  • Rechaza extender a la filial, Tragsatec, la sentencia de la Audiencia Nacional sobre la matriz
  • Los sindicatos pedirán la ejecución provisional de la sentencia para que los 300 despedidos sean readmitidos

Tragsa ha recurrido ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Audiencia Nacional que declara nulo el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) en el grupo público. La nulidad implica la readmisión de los 300 despedidos hasta ahora en el ERE, el mayor en una empresa estatal y que empezó a ejecutarse el pasado 18 de febrero. 

Además, también continúa adelante el juicio por el ERE en la filial,Tragsatec, en principio fijado para el 27 de mayo, pese a que empresa y sindicatos acordaron con el tribunal en la vista del juicio hacer depender de la sentencia sobre Tragsa la suerte del ERE en la filial –ambas demandas comparten gran parte de su contenido, por lo que la segunda se puede anular al considerarse hecho juzgado el de la primera–. Por tanto, la nulidad del ERE de la matriz implicaría también la de Tragsatec. De hecho, la Audiencia Nacional condena “solidariamente” a ambas a la” inmediata readmisión de los trabajadores despedidos en sus puestos de trabajo, con abono de los salarios dejados de percibir”. Sin embargo, según fuentes jurídicas, el abogado del Estado ha solicitado al tribunal la celebración del juicio sobre el ERE de la filial.

El comité puede ahora pedir la ejecución provisional de la sentencia, pues el recurso ante el Tribunal Supremo se prolongará durante más de un año. Y el plazo para despedir del ERE anulado pero recurrido termina el 31 de diciembre. La cifra total de despidos es de 1.336 entre ambas empresas. Los sindicatos han reclamado ya la readmisión inmediata de los trabajadores despedidos, e incluso la dimisión del presidente de Tragsa, Miguel Giménez de Córdoba Fernández-Pintado, por su “nefasta gestión”, así como de los responsables de las delegaciones territoriales del grupo por sus “injustas valoraciones” del personal.

Criterios imprecisos y opacos de selección

La Audiencia Nacional declaró nulo el ERE de Tragsa porque la empresa no aplicó los principios de igualdad, mérito y capacidad en la selección de los trabajadores que han sido despedidos. La Sala de lo Social reprocha al grupo público que no fijara los criterios para seleccionar a los trabajadores despedidos ni al comienzo ni durante ni al final del periodo de consultas con los sindicatos. Unos criterios que, además, eran “imprecisos” y permiten “múltiples aplicaciones, hasta el punto de exigir un manual posterior” que “remite a un procedimiento de valoraciones, realizadas de forma no transparente y por valoradores no identificados, de factores que en muchos casos nada tienen que ver con los principios constitucionales aplicables al empleo público.

La sentencia no reconoce a las administraciones públicas “una libertad absoluta” ni para contratar ni para despedir a su personal laboral. Si la Constitución prohíbe la arbitrariedad en el acceso al empleo público, también la proscribe en el despido, argumenta.

Por el contrario, el tribunal considera probado que el manual para seleccionar a los futuros despedidos incluía, “junto a elementos valorables como la formación o la experiencia” otros como la “actitud”. Así,“mostrarse distante y esquivo hacia temas relacionados con la organización”, o tener una “actitud crítica con cualquier aspecto relacionado con la empresa, sin aportar elementos constructivos de cambio y mejora”, así como “percibir cualquier alteración en su dinámica laboral como un problema”, también “mostrarse reacio a cambiar de postura u opinión, demostrando poca capacidad de escucha” o “poseer poca disponibilidad a asumir elementos nuevos”, son aspectos que los valoradores –los superiores jerárquicos– podían señalar como causas de despido. Las puntuaciones asignadas a cada trabajador se integraban después en “un sistema informático, sin que conste procedimiento alguno de audiencia al interesado o publicidad”, recriminan los magistrados.

No aportó documentación

La sentencia reconocía además otros dos motivos de nulidad. El primero, que la empresa no aportó a los sindicatos –pese a que se los reclamaron– ni el estado de cambios del patrimonio neto ni el estado de flujos de efectivo actualizados a 30 de septiembre de 2013 –el ERE comenzó a negociarse en octubre–. El tribunal considera que tales documentos son “relevantes” para tener “una imagen fiel” de la empresa.

Aunque más importante todavía le parece el hecho de que Tragsa no actualizara en la preceptiva comunicación a los representantes sindicales y a la autoridad laboral sobre los despidos, una vez finalizado el periodo de consultas, los datos sobre el ERE. Se limitó a reproducir los facilitados al comienzo de la negociación, por lo que no redujo el número de despedidos –de 836 a 726– ni introdujo otras modificaciones sobre las causas que se habían acordado durante el periodo de consultas. A juicio del tribunal, esa comunicación final “constituye un elemento indispensable para centrar el objeto del despido y su eventual impugnación”.


Tragsa recurre al Supremo la Nulidad del PDC

viernes, 4 de abril de 2014

Artículos de jurisdicción interesantes

Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Artículo 124. Nulidad de la extinción colectiva de contratos.

El órgano judicial declarará nula, de oficio o a instancia de parte, la decisión empresarial de extinción colectiva de contratos de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, fuerza mayor o extinción de la personalidad jurídica del empresario, si no se hubiese tramitado la previa autorización administrativa u obtenido la autorización judicial del juez del concurso, en los supuestos en que esté legalmente prevista, así como cuando la medida empresarial se haya efectuado en vulneración de derechos fundamentales y libertades públicas. En tales casos la condena a imponer será la que establece el artículo 113.
Artículo 113. Efectos de la declaración de nulidad del despido.


Si el despido fuera declarado nulo se condenará a la inmediata readmisión del trabajador con abono de los salarios dejados de percibir. La sentencia será ejecutada de forma provisional en los términos establecidos por el artículo 297, tanto si fuera recurrida por el empresario como si lo fuera por el trabajador.

jueves, 3 de abril de 2014

Plan de formación 2014 Tragsatec

A LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES DE TRAGSATEC 
Os remitimos el plan de formación de la empresa donde están todos los cursos que la empresa ha detectado como necesidades formativas para este año 2014.

Os recordamos que es a vuestros responsables a los que debéis solicitar los cursos en los y las que estéis interesadas, máxime cuando estén acordes con la actividad que desempeñeis en vuestros puestos de trabajo.

Para descargarlo o visualizarlo pincha en el siguiente enlace

 Plan de Formación Tragsatec 2014



Os seguiremos informando. 


miércoles, 2 de abril de 2014

Satisfacción de esta Sección Sindical de CC.OO

Se seguirá adelante con la demanda para pedir responsabilidades al Grupo por este procedimiento
Satisfacción en CCOO por la declaración de nulidad por parte de la Audiencia Nacional del despido colectivo de Tragsa y Tragsatec
  • Nuestro sindicato exige la dimisión de la totalidad de los dirigentes y responsables del Grupo por haber puesto en marcha semejante actuación
Satisfacción en Comisiones Obreras de Castilla y León al conocerse ayer la resolución satisfactoria por parte de la Audiencia Nacional del conflicto en Tragsa y Tragsatec. El fallo ha dictaminado la nulidad del despido colectivo promovido desde la dirección de ambas empresas públicas.
Satisfacción en CCOO por la declaración de nulidad por parte de la Audiencia Nacional.
Satisfacción en CCOO por la declaración de nulidad por parte de la Audiencia Nacional.
En la Sentencia se reprocha a la dirección del Grupo Tragsa la forma en que se seleccionó a los trabajadores y trabajadoras despedidas por “no respetar los principios constitucionales de  igualdad, mérito y capacidad” y la Sala recuerda que  “en el caso de las administraciones públicas es exigible una posición mucho más estricta que permita la determinación de los afectados y afectadas sin acudir a decisiones arbitrarias o discrecionales, y que no tengan relación con los principios de igualdad, mérito y capacidad”.

Si en el caso de una empresa privada nos llevaría a una vulneración del derecho de negociación colectiva, en el caso de las administraciones públicas se añadiría la vulneración de la arbitrariedad en el acceso al empleo público. Lo que confirma lo que hemos venido denunciando desde CCOO, y es que en la selección de los y las afectadas por este despido lo que ha predominado ha sido “el dedazo de toda la vida”,  con el agravante de que a cualquier trabajador o trabajadora le puede afectar este procedimiento sin tener constancia de ello y prolongándose en el tiempo.

La sentencia también considera a Tragsa y Tragsatec como parte “inescindible de la Administración Pública”, algo que no se puede cortar ni dividir.

Desde un principio, la Sección Sindical de CCOO en el Grupo se ha posicionado en contra de un procedimiento que consideramos “Salvaje e innecesario”, había otras soluciones, hay otras soluciones y no pasan por la destrucción de empleo, por una destrucción del empleo de personal cuyo salario está por convenio. Esta dirección ha hecho “oídos sordos” y ha tomado una posición intransigente, llevándonos el 22 de noviembre de 2013 a la firma del Acta de No Acuerdo de este procedimiento. Hemos estado seguros desde el primer momento de que hacíamos lo correcto y ayer lo ha corroborado esta sentencia.

CCOO pide la dimisión de la Dirección  del Grupo

Hoy es el día en que debemos pedir responsabilidades a la Dirección del Grupo. Responsabilidad por los daños morales. Responsabilidad por la falta de rigor. Responsabilidad por utilizar el dinero generado entre todos y todas en consultoras que no conocen la realidad de esta empresa. Por todo ello esta sección sindical “exige la dimisión inmediata del Presidente, Secretario General y de toda la Dirección de Recursos Humanos del Grupo Tragsa por esta nefasta gestión, así como del personal responsable en cada Unidad Territorial de hacer las injustas valoraciones y nos permitimos recordarles que a este Grupo lo ha hecho grande su plantilla, esa a la que han querido eliminar”.

La empresa ha manifestado que acata la sentencia y está realizando la valoración de la transcendencia de la misma. Nuestros jurídicos acudirán a la Audiencia Nacional para ver como actuamos con nuestra demanda, el tema está claro.

Comunicado Sección Sindical CC.OO Tragsatec

 ENHORABUENA A TODOS Y TODAS Y GRACIAS POR CREER EN NOSOTR@S.

JUNTOS Y JUNTAS PODEMOS!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

Comunicado CC.OO Tragsatec. Nulidad PDC