martes, 25 de febrero de 2014

24 de marzo 2014 Juicio Audiencia Nacional de Impugnación del PDC

Estimados compañeros y compañeras,
Ya os podemos comunicar de forma oficial y definitiva la fecha del juicio de Tragsatec por la demanda colectiva contra en Procedimiento de Despido Colectivo. Sigue leyendo pdf
 Comunicado_20130225
Cédula de citación

domingo, 23 de febrero de 2014

ERE: Enferman los que se van y los que se quedan

Las consecuencias de los expedientes de regulación de empleo en la salud laboral

VICENTE LÓPEZ

En las páginas de los periódicos y en los informativos de radio y televisión hay unas siglas que se hacen cada vez más conocidas para la población en general, son los llamados ERE: los Expedientes de Regulación de Empleo. Distintas investigaciones en Europa y EEUU muestran que los despidos colectivos tienen consecuencias para la salud tanto de las personas que pierden su empleo como de las que lo conservan. Sigue leyendo en el siguiente enlace

martes, 18 de febrero de 2014

Empiezan los despidos en Tragsatec


Las trabajadoras y trabajadores afectados por el ERE de la empresa Tragsatec empiezan a recibir las cartas de despido.

18 de Febrero de 2014

La empresa pública Tragsatec puso en marcha un Procedimiento de Despido Colectivo (PDC) el pasado 17 de octubre de 2013 que afectaba en un principio a 803 trabajadoras/es. Lo desproporcionado e injustificado de dicho PDC hizo que no se llegara a acuerdo entre la Dirección de la empresa y las distintas fuerzas sindicales. Una vez concluido el periodo de consultas la empresa registro en la Autoridad Laboral el 29 de noviembre de 2013, de forma unilateral, el PDC definitivo con una cifra de 610 despidos. 
Esta decisión de la empresa Tragsatec ha sido recurrida por los sindicatos en los tribunales, siendo el 13 de marzo de 2014 la fecha en la que previsiblemente se celebrará la vista en la Audiencia Nacional, a falta de confirmación de la fecha por parte de la Audiencia. Sin embargo, la Dirección de Tragsatec no ha esperado a la vista judicial, y hoy mismo, ha empezado a llamar a las trabajadoras y trabajadores.
En las cartas de comunicación se indica que ‘ejecutan de forma inmediata’, es decir, despidos express de un día para otro, y donde a las trabajadoras y trabajadores se les intenta justificar el motivo de su despido indicando una supuesta puntuación, donde se valoran cosas como el absentismo (10%), la formación (10%), la experiencia (25%) y la ‘contribución actitudinal’ (55%).  ‘Es curioso ver como ‘el dedazo’ siempre tiene un gran peso. Además no hay datos de referencia para poder comparar, con lo cual es un mero paripé’, declaran. 
Desde CCOO Tragsatec, no se entiende el movimiento de la Dirección de Tragsatec cuando en menos de un mes tenemos el juicio. Según declaraciones sindicales ‘Es un dia muy triste, tremendamente triste, ver hasta dónde es capaz de llegar esta Empresa en su intransigencia. La única opción que contempla es la del despido, en ningún momento se aborda llegar al foco de todos los problemas que son los sueldos desorbitados que tienen en la Dirección. En ningún momento se ha contemplado la racionalización de las pagas de beneficios y los objetivos que cobran unos pocos, ni medidas alternativas, ni suspensiones, ni reducciones. La política de echar a trabajadores a la calle es un acto de desprecio hacia el conjunto de las y los trabajadores, un acto bárbaro sin ningún tipo de sensibilidad, un acto que retrata a la Dirección como un ente similar a "nuestros" amigos políticos, ajenos a lo que supone para una persona todo este proceso’.
De forma paralela, se ha podido contrastar que la empresa está realizando contrataciones en proyectos lo que hace más incomprensible la política de despidos que se ha comenzado en Tragsatec.
Seguiremos informando.
La web que tenemos a vuestra disposición es: 

Os recordamos también los diferentes canales de comunicación:


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Gracias a todas/os.
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Sección Sindical Estatal COMFIA-CCOO de Tragsatec
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Nota de prensa CC.OO Tragsatec. Empiezan los despidos

jueves, 6 de febrero de 2014

Aclaración aplicación Real Decreto-Ley 16/2013 de 20 de diciembre



Tal y como habréis comprobado en la nómina de enero la Empresa ya ha aplicado el Real Decreto-Ley 16/2013 de 20 de diciembre, por el que se empiezan a cotizar a la Seguridad Social entre otros los cheques restaurante.
Para ayudaros a entender esta cotización y poder comprobar si se ha realizado correctamente os adjuntamos  los conceptos de una nómina básica, señalando cuáles se tienen en cuenta para calcular la cotización a la Seguridad Social o el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Si observáis aparece un nuevo concepto “Base SegSoc-Cheque Comida” que no suma directamente en los abonos ni en los descuentos pero sí lo hace sobre la base de cotización que repercute sobre el valor calculado en los dos siguientes conceptos:

1) Ret. Seg. Soc (D/FP): cantidad destinada a la Seguridad Social para el Desempleo y Formación Profesional. Siendo 1.70% (1.60% desempleo + 0.10% formación) para los trabajadores con contrato por obra, y 1.65% (1.55% desempleo + 0.10% formación) para los indefinidos.
2) Ret. Seg. Soc (C.C): cantidad destinada a la Seguridad Social para Contingencias Comunes (4.70%).
El “Fondo Asistencia Social” sólo aparece en los trabajadores con contrato indefinido adheridos al FAS.

Así pues, para 100 euros recibidos en cheques restaurante, se cotizan 6.35 euros (4.7%+1.65%) ó 6.40 euros (4.7%+1.7%).

La Empresa ha comunicado que el incremento en la base de cotización por el cheque comedor no influye en el IRPF.

Para los trabajadores que realizan sus trabajos en campo señalar que se mantiene el kilometraje exento de cotización hasta  0.19 euros/km, la media dieta hasta 26.67 euros/día, y la dieta completa hasta 53.34 euros/día.

Cualquier duda que tengáis con vuestra nómina nosotros y nosotras os ayudaremos, así que no dudéis en preguntar, tampoco dudéis en preguntar a RR.HH

martes, 4 de febrero de 2014

Nueva guía de los Permisos Individuales de Formación publicada por CC.OO para el año 2014

La formación es un derecho individual y colectivo de trabajadores y trabajadoras que ayuda a conseguir empleo, a mantenerse en el puesto de trabajo y a promocionar en la carrera profesional. En este sentido, también la Negociación Colectiva sigue siendo el instrumento fundamental para desarrollar este derecho, conquistado a través de la presión y el diálogo. 

Según la OCDE, la proporción de personas de 24 a 64 años cuya titulación no supera la ESO en España es del 46%, casi el doble de la media de la Unión Europea (24%). En este contexto, a juicio de Javier López, secretario de Formación de CCOO “la altísima tasa de personas con un nivel educativo básico hace que CCOO tome medidas para mejorar la cualificación de la población activa, creando nuevos instrumentos que faciliten el acceso a la educación de adultos y promoviendo los ya existentes”.

Uno de estos instrumentos es el Permiso Individual de Formación (PIF) surgido de la Negociación Colectiva. El acuerdo entre sindicatos y empresarios ha permitido que este año haya un presupuesto de 29 millones de euros para esta iniciativa de formación. El PIF es un permiso retribuido de hasta 200 horas por año o curso académico, para seguir estudios con una acreditación oficial. La Fundación Tripartita financia los costes salariales del trabajador mientras se ausenta de su puesto para realizar la formación.
Ante el gran desconocimiento que existe sobre el derecho a la formación, CCOO ha editado una guía eminentemente práctica que, en palabras del secretario de Formación del sindicato “quiere ser una ayuda para los asalariados interesados en mejorar su nivel educativo y para los representantes sindicales en las empresas”. En opinión de López, “es imprescindible que los delegados y delegadas de CCOO dispongan de información actualizada para negociar en su empresa o sector, que conozcan los criterios de distribución de los PIF. Hay que pelear por anteponer en cada centro de trabajo las titulaciones de menor nivel académico frente a los postgrados, evitar que se concentren en las áreas y niveles profesionales de mayor cualificación profesional y dar prioridad a las mujeres. En definitiva –concluye- hay que hacer del PIF una herramienta para la igualdad de oportunidades y la equidad educativa”.

a guía práctica del permiso individual de formación (PIF) explica la normativa que rige su concesión; los derechos de la representación legal de los trabajadores; cómo actuar en caso de conflicto con la empresa; los estudios académicos para los que puede solicitarse; el modo de calcular la cantidad anual para PIF de una empresa, las principales fases de tramitación, etcétera. Todo ello acompañado de supuestos prácticos y de enlaces con webs que contienen información complementaria.

Durante el año 2013 se concedieron cerca de 32.000 Permisos Individuales de Formación, una cifra impresionante si la comparamos con los 4.634 de 2011. Asimismo, y por primera vez, se agotaron los 28,75 millones de euros que, procedentes de la cuota de formación profesional, se habían previsto para financiarlos. El crecimiento ha venido acompañado de un cambio en el perfil del beneficiario -ahora el beneficiario tipo es un oficial de primera y segunda, varón, de 25 a 36 años y trabajador de PYME- y en los estudios para los que se solicitan, entre los que prevalecen las acreditaciones vinculadas al puesto de trabajo.

Guía Permiso Individual de Formación 2014 

domingo, 2 de febrero de 2014

LA DIRECCIÓN DEL GRUPO TRAGSA PRETENDE COBRAR OBJETIVOS

LA DIRECCIÓN DE LA EMPRESA PRETENDE COBRAR OBJETIVOS

Los altos cargos de esta empresa están en disposición, si nadie lo remedia, de cobrar la DPO (dirección por objetivos). Esto supone aproximadamente 4,5 millones de euros.
Así de repente, se nos ocurre una reflexión que queremos compartir con los compañeros y compañeras, sobre todo con el colectivo afectado por el Procedimiento de Despido Colectivo, el ERE:
-¿Cómo es posible que en  nuestra empresa dependiente de la Administración del Estado,  inmersa  en un PDC, que entre otras aduce causas económicas para su presentación, se pague a los directivos con sumas cuantiosas a través de la DPO (Dirección por Objetivos)?
Entendemos que es una contradicción: si se pagan objetivos es porque se cumplen y si se cumplen es porque la empresa va bien y si va bien sobra el ERE.
No entendemos ni compartimos que se hayan aprovisionado más de veinte millones de euros para echar a compañeros y compañeras a la calle a la vez que unos cuantos cobran objetivos.
En muchos casos, sobre todo de la alta dirección, los objetivos de algunas personas  suponen el contrato al menos de dos administrativos.
Confiamos que la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conocedora de este tema, vea tan clara y nítida esta contradicción como nosotros la vemos.

Todo ello denunciado por la Sección Sindical MCA-UGT Tragsa Sede