El 28 de abril, después de cinco meses sin hablar de temas laborales (dado que las últimas reuniones solo fueron convocadas para comunicar despidos), tuvimos una intensa reunión de más de 7 horas con la Dirección de la empresa, en la que se trataron los siguientes asuntos:
Contratos de obra de más de 4 años firmados con posterioridad al 18 de junio de 2010. Aplicación de la Sentencia 0018/16 de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional correspondiente al número de procedimiento 335/2015
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Tras recibir la notificación de firmeza de sentencia de la Audiencia Nacional por la demanda interpuesta por CCOO Tragsatec y tras numerosas solicitudes de conversión a indefinidos no fijos de los compañeros y compañeras afectadas por la misma sin recibir respuesta, la empresa nos respondió que consideran la sentencia DECLARATIVA, no ejecutiva, por lo que no van a proceder a una conversión automática de los contratos, pero sí procederán al reconocimiento por escrito de la condición de indefinido no fijo... Seguir leyendo...
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